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Conocer la obligación de emitir CFDI con complemento de recepción de pagos

Conocer la obligación de emitir Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con complemento de recepción de pagos te ayuda a cumplir correctamente con las disposiciones…

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Conocer la obligación de emitir Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con complemento de recepción de pagos te ayuda a cumplir correctamente con las disposiciones fiscales cuando recibes pagos posteriores a la emisión de una factura. Entender esta obligación te permite mantener tu información fiscal actualizada, brindar mayor claridad en tus operaciones y evitar posibles inconvenientes relacionados con el cumplimiento de tus responsabilidades tributarias.

1. Antecedente.

La generación de comprobantes por los pagos recibidos tiene su sustento en el Código Fiscal de la Federación (CFF), en el artículo 29-A, fracción VII, inciso b, donde indica lo siguiente:

“… Cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición, se emitirá un comprobante fiscal digital por Internet por el valor total de la operación en el momento en que esta se realice y se expedirá un comprobante fiscal digital por Internet por cada uno de los pagos que se reciban posteriormente, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante reglas de carácter general…”.

2. Obligación del complemento de recepción de pagos.

Con la publicación de la primera resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2018, se extiende el período del uso opcional del complemento de recepción de pagos hasta el 31 de agosto.

Nota: revisa el documento completo de la primera resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y su anexo 1-A.

A partir del 1 de enero del 2022, entró en vigor la versión 2.0 del complemento de recepción de pagos; esta versión es compatible con la versión 4.0 del CFDI, siendo obligatorio su uso a partir del 1 de abril del 2023.

Aspel SAE emite comprobantes de recepción de pagos para cumplir con esta obligación.

3. Reglas de cancelación de comprobantes de pago.

Con la publicación de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2026, el 28 de diciembre de 2025 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se incorporan modificaciones sobre cuándo se requiere la aceptación expresa del receptor para cancelar un CFDI.

¡Y listo! Ahora conoces la obligación de emitir CFDI con complemento de recepción de pago.

Fuente original: Siigo Aspel

Procedimiento de referencia de Siigo Aspel. Presentación y organización por SATA Sistemas.

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