Conocer la entrada en vigor del complemento de Carta Porte es importante porque este requisito fiscal define cómo deben documentarse los traslados de mercancías para cumplir con las disposiciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Este contenido te permite entender por qué el complemento es obligatorio, para qué sirve dentro de tus operaciones de transporte y facturación, y cuándo debes aplicarlo al emitir tus comprobantes.
Es recomendable revisarlo si realizas envíos de bienes, utilizas servicios de transporte o quieres asegurarte de que tus documentos fiscales estén actualizados y correctos, todo de forma clara y sencilla.
A continuación, te detallamos los cambios más relevantes:
1. El 1 de mayo de 2021: el SAT realiza la publicación del complemento de Carta Porte, versión 1.0.
2. El 1 de junio de 2021: entra en vigor el complemento de Carta Porte versión 1.0 de forma opcional.
3. El 26 de octubre de 2021: se publica documentación técnica e instructivo de llenado del complemento versión 2.0.
4. El 1 de diciembre de 2021: inicia la vigencia de forma opcional para el complemento de Carta Porte versión 2.0.
5. El 1 de enero de 2022: entra en vigor el complemento Carta Porte versión 2.0, los contribuyentes tenían un período de transición para emitir correctamente su factura electrónica con este complemento sin multas ni sanciones hasta el 31 de marzo de 2022.
6. El 9 de marzo de 2022: el SAT informa a través del comunicado 013/2022 que se extenderá el período de transición para emitir facturas electrónicas con complemento Carta Porte sin sanciones hasta el 30 de septiembre del 2022.
7. El 22 de agosto de 2022: la autoridad amplía el plazo hasta el 31 de diciembre de 2022 para la no aplicación de multas y sanciones en caso de no cumplir todos los requisitos aplicables.
8. En septiembre de 2023: el complemento Carta Porte, versión 3.0, se publicó en el portal del SAT.
9. El complemento Carta Porte versión 3.0, comienza a ser utilizado a partir del 25 de noviembre de 2023, sin embargo, de acuerdo con lo establecido en el séptimo transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 se cuenta con un período de convivencia con la versión 2.0 del complemento, hasta el 31 de marzo de 2024.
10. A partir del 1 de abril de 2024: la versión válida del complemento Carta Porte, comenzó a ser la versión 3.0, ya sin períodos de gracia ni convivencia.
11. Con fecha del 17 de julio de 2024: el SAT publica la versión 3.1 del complemento Carta Porte, siendo la única vigente.
Te recomendamos consultar el tutorial Elaborar o dar de alta Complemento de Carta Porte.
¡Excelente! Ahora estás al tanto de todo lo referente a la entrada en vigor del complemento Carta Porte.
