Conocer los cambios en la cancelación del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de pago, correspondiente al Complemento para recepción de pago te ayuda a mantener tus registros fiscales claros y cumplir con las reglas del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Algunos CFDI pueden cancelarse sin aceptación del receptor, mientras que otros requieren su aprobación, lo que te permite gestionar las cancelaciones de forma ordenada y evitar errores.
1. Cancela el CFDI sin aceptación del receptor
De acuerdo con la regla 2.7.1.35 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2025, ciertos CFDI pueden cancelarse sin necesidad de la aceptación del receptor.
Se permite la cancelación de CFDI que amparen montos de hasta $1,000.00, excepto:
- Los CFDI señalados en la regla 2.7.1.34.
- Los CFDI con “Complemento para recepción de pago”, a los que se refiere la regla 2.7.1.32.
2. Solicita la aceptación en CFDI con Complemento para recepción de pago
Todos los CFDI con Complemento para recepción de pago requieren la aceptación del receptor para su cancelación, independientemente del monto por el que fueron emitidos.
Consultar el estatus de cancelación
- Al solicitar la cancelación de un CFDI de pago, los sistemas Siigo Aspel pueden mostrar inicialmente el estatus “Sin aceptación”, como parte de la validación previa.
- Una vez enviada formalmente la solicitud al SAT, el estatus cambia a “Con aceptación”, lo que significa que el receptor debe manifestar expresamente su aceptación o rechazo dentro de tres días hábiles contados a partir de la recepción de la solicitud.
- Si el receptor no responde dentro de ese plazo en la primera solicitud, se configura la positiva ficta (aprobación automática por falta de respuesta) y el CFDI se cancela.
- Si el receptor rechaza la solicitud, las cancelaciones posteriores solo podrán realizarse con su aceptación expresa.
Importante: en los casos donde se requiere aceptación expresa y el receptor no la otorgue, la solicitud se considera rechazada según el procedimiento establecido por la autoridad.
3. Verifica el estatus del CFDI en los sistemas Siigo Aspel
- El cambio de estatus de “Sin aceptación” a “Con aceptación” es parte del proceso normal de cancelación y no representa un error.
- Este proceso se refleja también en el acuse de cancelación correspondiente.
- Por esta razón, al consultar el estado de un CFDI de pago desde los sistemas Siigo Aspel o directamente en el portal del SAT, inicialmente se mostrará como “Sin aceptación”, y solo después de enviar la solicitud formal al SAT cambiará a “Con aceptación”.
¡Genial! Con esta información podrás conocer los cambios en la cancelación del CFDI de pago y manejar tus comprobantes fácilmente.
