Conocer casos específicos para la generación del Complemento Carta Porte te ayuda a comprender cómo aplicar este complemento en diferentes situaciones relacionadas con el traslado de mercancías. Identificar estos casos te permitirá emitir tus comprobantes de manera correcta, reducir posibles errores y cumplir con los requisitos fiscales de forma más sencilla y segura.
1. Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de Traslado o Ingreso con complemento Carta Porte.
| Acredita transporte | Sujetos que prestan | Casos | Características del CFDI |
|---|---|---|---|
| Con la documentación a la que se refiere el artículo 146 de la Ley Aduanera (2.7.7.9). | Las personas físicas o morales que proporcionen el servicio de transporte de carga, residentes en el extranjero o constituidas de conformidad con las leyes extranjeras. | — | — |
| CFDI de ingreso con complemento Carta Porte (2.7.7.10). | Las empresas residentes en territorio nacional que proporcionen el servicio de transporte internacional de carga general y especializada de bienes y mercancías nacionales o nacionalizadas para exportación, cuando la prestación del servicio inicie en territorio nacional y concluya en el extranjero. | En caso de realizar un cambio en el modo o medio de transporte para el cruce fronterizo, siempre que este continúe siendo del mismo transportista. | • Requisitos de la totalidad del servicio. Para cambio de modo o medio de transporte: relacionar el CFDI de tipo Ingreso que ampara la totalidad del servicio. |
| CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte (2.7.7.11). | Los propietarios, poseedores de bienes y/o mercancías nacionales o nacionalizadas para realizar su exportación definitiva. | I. Transporten sus bienes y/o mercancías con sus propios medios a una bodega o centro de distribución ubicado en el extranjero. | Deberán incorporar los complementos de Comercio Exterior y Carta Porte. |
| CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte (2.7.7.11). | Los propietarios, poseedores de bienes y/o mercancías nacionales o nacionalizadas para realizar su exportación definitiva. | II. En caso de que se realice un cambio de modo o medio de transporte para el cruce fronterizo y este no pertenezca al propietario de los bienes y/o mercancías, el transportista contratado. | • Registrar los datos del nuevo modo o medio de transporte. • Relacionar el CFDI de tipo traslado. |
| CFDI de tipo traslado sin complemento Carta Porte. | Los propietarios, poseedores de bienes y/o mercancías nacionales o nacionalizadas para realizar su exportación definitiva. | Si el modo o medio de transporte que cambia para el cruce fronterizo pertenece al propietario de los bienes y/o mercancías. | Relacionar el CFDI inicial. |
2. Casos especiales de complemento Carta Porte.
| Acredita transporte | Sujetos que prestan | Características del CFDI | Primera milla de traslado de bienes y/o mercancías (Fracción I) | Etapa intermedia del traslado de bienes y/o mercancía (Fracción II) | Etapa intermedia del traslado de bienes y/o mercancía (Fracción I) | Características del CFDI para las fracciones |
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| CFDI de tipo ingreso sin complemento Carta Porte | Servicios de paquetería y mensajería (2.7.7.4). | • Requisitos establecidos en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF). • Registrando los nodos “Concepto” que sean necesarios para relacionar los números de guía de todos los paquetes amparados en dicho CFDI, por la totalidad del servicio. | • CFDI de traslado sin complemento Carta Porte. • Registrando la clave de producto y servicio que se indique en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”. • Registrar los nodos “Concepto” que sean necesarios para registrar los números de identificación asignados a cada una de las cargas amparadas en dicho CFDI. | • CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte por cada tramo que implique un cambio de medio o modo de transporte. • Registrando los números de guía de los paquetes que se transportan; dichos números de guía deberán estar relacionados en el CFDI de tipo ingreso que ampare el servicio prestado. | • CFDI de tipo traslado sin complemento Carta Porte. • Registrando la clave de producto y servicio que se indique en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”. • Así como tantos nodos “Concepto” como sean necesarios para relacionar todos los números de guía de los paquetes amparados en dicho CFDI. | • Requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF. • Para los efectos de las fracciones I y III anteriores, en caso de que se transite por algún tramo de jurisdicción federal, los contribuyentes a que se refiere esta regla deberán emitir un CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte. |
| Acredita transporte | Sujetos que prestan | Características del CFDI | Primera milla de traslado de bienes y/o mercancías (Fracción I) | Etapa intermedia del traslado de bienes y/o mercancías (Fracción II) | Etapa intermedia del traslado de bienes y/o mercancías (Fracción III) | Características del CFDI para las fracciones |
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| CFDI de tipo ingreso sin complemento Carta Porte | Transporte de carga consolidada de bienes y/o mercancías (2.7.7.8). | • Siempre que las cargas sean identificadas mediante una clave o número de identificación único y estos sean registrados en los nodos “Concepto” que sean necesarios para relacionar cada una de las cargas amparadas en el comprobante. • Requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF. • Totalidad del servicio. | • CFDI de tipo traslado sin complemento Carta Porte. • Registrar los nodos “Concepto” que sean necesarios para registrar los números de identificación asignados a cada una de las cargas amparadas en dicho CFDI. | • CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte por cada tramo que implique un cambio de medio o modo de transporte. • Relacionando las claves o números de identificación asignados a los bienes y/o mercancías; así como el folio fiscal del CFDI a que se refiere el primer párrafo de esta regla (Fracción I). | • CFDI de tipo traslado sin complemento Carta Porte. • Registrando los nodos “Concepto” que sean necesarios para relacionar los números de identificación asignados a cada una de las cargas amparadas en dicho CFDI; así como el folio fiscal del CFDI a que se refiere el primer párrafo de esta regla (Fracción II). | • Debe contener los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF. • Registrar la clave de producto que se indique en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”. • Para los efectos de las fracciones I y III, en caso de que se transite por algún tramo de jurisdicción federal, los contribuyentes a que se refiere esta regla deberán emitir un CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte. |
¡Perfecto! Ahora conoces los casos específicos para la generación del complemento Carta Porte.
