Cancelar un comprobante sin aceptación es una herramienta útil para mantener la información fiscal correcta y evitar problemas futuros. Siguiendo el procedimiento adecuado, podrás hacerlo de manera sencilla y segura, cumpliendo con las disposiciones del SAT (Servicio de Administración Tributaria). Así, tu negocio se mantiene en orden y tú con la tranquilidad de que todo está bien hecho.
1. El día 18 de octubre de 2021 el Servicio de Administración Tributaria, publicó en su página de internet, la cuarta versión anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, en ella se da a conocer la modificación de las fracciones I y X de la regla 2.7.1.39 Cancelación de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) sin aceptación del receptor en la cual se resume lo siguiente:
- Disminución del monto a considerar para cancelar un documento sin aceptación por parte del receptor, pasando de $5,000.00 a $1,000.00 (M.N.). Es decir, todos los documentos con un importe total mayor a $1,000.00 ahora requieren aceptación por parte del receptor.
- El plazo de cancelación se modifica de tres días a un día hábil para que sean consideradas dentro de las facturas cancelables sin aceptación.
2. Todas las excepciones para la cancelación sin aceptación podrás consultarlas en el tutorial Conocer los tipos de cancelación de CFDI.
Nota: los sistemas Siigo Aspel ya están operando con estas nuevas disposiciones fiscales, por lo que no es necesario llevar a cabo algún proceso adicional.
¡Listo! Sigue estos pasos para cancelar sin aceptación.
